• Header1
  • Header2

La dirección tecnológica supone responsabilidades penales. Es una responsabilidad individual diferente a la responsabilidad de la empresa. Nos pueden condenar por nuestra actuación o omisión al margen del pronunciamiento de los tribunales sobre una empresa.

Los puntos relevantes de esta responsabilidad son los siguientes:

Protección de datos

La empresa gestiona datos de sus clientes (por ejemplo datos de pacientes para un hospital) que debe custodiar mediante la elección cuidadosa de los medios fisicos de soporte y de seguridad, la organización de estos datos en ficheros y un personal con distintos permisos de acceso.

Propiedad intelectual

La actividad de la empresa debe respetar la propiedad intelectual de terceros y concretamente en el ámbito de la tecnología evitar el uso de herramientas informáticas y sistemas 'pirateados', 'crackeados' o copiados ilegalmente.

Daños informáticos

La destrucción intencionada y sin autorización de datos de la empresa y de los clientes en los sistemas de información puede constituir un delito por parte de las personas que emplean técnicas de 'hacking interno'. La dirección de tecnología debe implantar mecanismos de protección para evitarlo.

Revelación de secretos

Escuchas ilegales, captación de imágenes, cesión a terceros de datos, violación de la intimidad, etc. son posibles delitos que puedan cometer los empleados de una empresa que puede ser condenada por una omisión de control o vigilancia sobre los empleados.

Escribir comentario (0 Comentarios)