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Una empresa de tecnología que presta un servicio a tercero tiene cierta responsabilidad en la buena marcha del negocio de su cliente. La consecuencia de un fallo técnico anodino puede tener consecuencias importantes para un negocio. Pensemos por ejemplo en una empresa que gestiona aplicaciones clínicas y deje un quirófano sin funcionar. Una avería podría tener consecuencias dramáticas sobre los pacientes. La prestación de servicios en tecnología entraña cierto riesgo y responsabilidad que debe mitigar un buen contrato.

En general los contratos en tecnología contemplan acuerdos sobre el lucro cesante del cliente; es decir las ganancias que deja de obtener nuestro cliente si el servicio que le prestamos falla. Muchas veces la indemnización que le otorgamos a un cliente es una compensación calculada sobre las cuotas del servicio prestado. En definitiva no se asume realmente el lucro cesante (la oportunidad pérdida de ganar dinero) de nuestro cliente; lo limitamos al impacto económico del servicio mismo.

Una derivada es la responsabilidad que debe asumir nuestro cliente frente a sus usuarios finales. En una negociación contractual un cliente intentará típicamente trasladarnos la responsabilidad que asume frente a sus usuarios por los servicios que le prestamos. Un buen contrato en tecnología le limita expresamente: no asumimos responsabilidad sobre un negocio que no controlamos.